Adoptada en La Haya el 14 de mayo de 1954
Textos oficiales:
Convención de La Haya y Estados Partes
Primer Protocolo (1954) y signatarios
Segundo Protocolo (1999) y signatarios
La Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado , aprobada en 1954 en La Haya (Países Bajos), a raíz de las destrucciones cuantiosas infligidas al patrimonio cultural durante la Segunda Guerra Mundial, es el primer instrumento internacional de alcance universal centrado exclusivamente en la protección del patrimonio cultural en caso de conflicto armado.
Se aplica a los bienes muebles e inmuebles, comprendidos los monumentos arquitectónicos, artísticos e históricos, los sitios arqueológicos, las obras de arte, los manuscritos, libros y otros objetos de interés artístico, histórico o arqueológico, así como las colecciones científicas de todo tipo, independientemente de su origen o su propietario.
Los Estados Partes en la Convención se benefician de la creación de una red integrada por más de cien Estados que se han comprometido a adoptar medidas preventivas para garantizar esa protección, no sólo durante las hostilidades (en esta fase suele ser ya demasiado tarde), sino también en tiempo de paz, gracias a diversas medidas:
-Salvaguardar y respetar los bienes culturales en caso de conflicto armado tanto de carácter nacional como internacional).
-Contemplar la posibilidad de otorgar una protección especial a un número limitado de refugios destinados a salvaguardar bienes culturales muebles en caso de conflicto armado, de centros monumentales y otros bienes culturales inmuebles de gran importancia, inscribiéndolos en el «Registro internacional de bienes culturales bajo protección especial».
-Contemplar la posibilidad de asignar el emblema protector distintivo de la Convención a algunos edificios y monumentos importantes.
-Crear dentro de las fuerzas armadas unidades especiales que se encarguen de la protección del patrimonio cultural.
-Penalizar las violaciones de la Convención y darle amplia difusión entre el público en general y ciertos grupos específicos, como los profesionales del patrimonio cultural, el ejército o los servicios encargados del cumplimiento de la ley.
Más información sobre la Protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado.
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